Pondrá a disposición de todas las personas que hayan tenido que entregar su vivienda habitual como dación en pago, todos los medios para tramitar la devolución del impuesto de plusvalía
El Equipo de Gobierno del Partido Popular en el Ayuntamiento de Torrevieja, quiere transmitir un mensaje de cercanía y aliento, a todos los ciudadanos que por distintas circunstancias, durante estos años de crisis económica, se han visto tristemente obligados a entregar sus viviendas como dación en pago a los bancos para condonar de esta manera la deuda hipotecaria que tenían contraída con las diversas entidades financieras.
Ante esta lamentable situación el Gobierno de Mariano Rajoy ha adoptado las siguientes medidas para paliar esta situación, que se refleja en la sigueinte legislación vigente: Art. 105, apart. 1, letar c); quiere poner en conocimiento las distintas medidas que se han adoptado para la exención del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana(plusvalía) IIVTNU: transmisiones realizadas con ocasión de la dación en pago de vivienda habitual del deudor hipotecario y las realizadas en ejecuciones hipotecarias.
REQUISITOS:
1º)Transmisiones realizadas desde 1 de enero de 2010.
2º)Vivienda habitual. Vivienda en la que el contribuyente figure empadronado durante, al menos, los dos años anteriores a la transmisión o desde el momento de la adquisición si dicho plazo fuese inferior a los dos años.
3º)No disponer el contribuyente u otro miembro de la unidad familiar de bienes en cuantía suficiente para satisfacer la totalidad de la deuda hipotecaria.
La concurrencia de los requisitos previstos anteriormente se acreditará por el transmitente ante la Administración tributaria municipal.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA ACREDITAR QUE SE REÚNEN LOS REQUISITOS:
-Respecto al 1º, Copia del documento (escritura, auto judicial…) en el que se formaliza la dación o la ejecución.
-Respecto al 2º, Certificado histórico o equivalente de domicilios, expedido por el Departamento de Censo y Estadística del Ayuntamiento de Torrevieja.
-Respecto al 3º, Copia de la declaración de la renta del año de la transmisión, o certificado de la no obligación de presentarla
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Filed under: Actualidad | Tagged: plusvalías, torrevieja |
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