Ante las declaraciones, de nuevo insultantes y no ajustadas a la realidad, realizadas por los representantes de la FAPA Gabriel Miró en el CEIP Amanecer, después de la reunión mantenida por el subdirector de Infraestructuras Educativas de la Generalitat, el personal del Ayuntamiento de Torrevieja y la comunidad educativa del CEIP Amanecer, el Ayuntamiento de Torrevieja, a través de la Concejalía de Educación, manifiesta lo siguiente:
La reunión tuvo lugar el 17 de mayo de 2019 y asistieron por parte del Ayuntamiento la representante en Consejos Escolares, el técnico de la Concejalía de Educación y la Arquitecta Municipal de Urbanismo que, a su vez, es la técnico del expediente para la construcción del nuevo colegio. Por parte de la Conselleria de Educación, acudió D. Jesús Gil, subdirector de Infraestructuras Educativas, acompañado de un arquitecto de Conselleria.
Iniciadas las explicaciones por parte de la técnico de Urbanismo referentes al procedimiento que estaba siguiendo el consistorio, fue interrumpida por varias personas de la FAPA Gabriuel Miró, quienes acusaron al Ayuntamiento de mentir.
Desde la Concejalía de Educación se ofrecen, con datos fehacientes, totalmente documentados, y fechas demostrables, los siguientes hechos:
El Ayuntamiento cede la parcela del sector 6 “Villa Amalia” a la Conselleria el 20 de febrero de 2009. La Conselleria de Educación acepta la parcela el 24 de marzo de 2015. El 26 de agosto de 2016 el técnico de infraestructuras educativas emite informe desfavorable de viabilidad. El 14 de octubre de 2016, la Conselleria de Educación renuncia a la aceptación de la parcela en el ámbito del sector seis y el 8 de noviembre de 2016 el Ayuntamiento acepta la renuncia y ofrece la parcela de equipamiento público del enclave 13.
Con fecha 15 de noviembre de 2016, la concejala de Urbanismo firma el inicio del expediente de la modificación 105 del PGOU, cuyo objeto es modificar la calificación de la parcela ofrecida a la Conselleria de Educación que debe pasar de ser de equipamiento múltiple a equipamiento exclusivamente docente. Con fecha 20 de febrero de 2017, se remite una versión preliminar de la modificación 105 a la consejería de Educación. El 22 de junio de 2017, Conselleria requiere nueva documentación en relación a la modificación 105. Conselleria emite el informe de idoneidad de la parcela educativa el 17 de julio de 2017.
El Ayuntamiento comienza el procedimiento de inicio de la modificación 105 del PGOU. La Junta de Gobierno Local aprueba la modificación 105 en la sesión de fecha 11 de agosto de 2017. El pleno acuerda someter a información pública dicha modificación, que es publicada en el DOCV el 7 de noviembre de 2017. El plazo de exposición pública es de 45 días desde su publicación.
En el periodo de exposición pública no se presentan alegaciones, solamente informan las empresas suministradoras y las administraciones sectoriales afectadas. Ninguna persona de la comunidad educativa hizo consulta alguna sobre estos trámites ni presentó alegaciones.
El 7 de marzo de 2018, la Conselleria de Educación emite un informe desfavorable. El Ayuntamiento ha de subsanar las deficiencias, lo cual se produce con carácter inmediato, el 9 de marzo de 2018. Llega a Conselleria de Educación el 12 de marzo de 2018.
Con fecha 27 de abril de 2018, Educación emite un informe desfavorable alegando que la parcela estaba en zona inundable. Con fecha 17 de mayo de 2018, y tras personarse el edil de Educación en Valencia, el Ayuntamiento requiere informe a la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, para que se pronunciara sobre la afectación del PATRICOVA en la parcela.
Con fecha 19 de junio de 2018, la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, emite informe donde se indica que la parcela no está afectada por riesgo de inundaciones. El 3 de julio de 2018 se remite a Conselleria la documentación junto al informe favorable. El 18 de octubre de 2018, la Conselleria emite informe favorable condicionado a incluir ciertas consideraciones. El documento que incluye dichas consideraciones es aprobado en Pleno el 29 de noviembre de 2018. Con fecha 5 de febrero de 2019, Conselleria remite al Ayuntamiento número de registro y el 20 de febrero de 2019 se produce la publicación en el BOP de Alicante.
A efectos informativos, la Conselleria de Educación remite con fecha 23 de mayo de 2018 copia del proyecto básico. El concejal de Educación, José Hurtado, dio cuenta del mismo a través de los medios de comunicación para informar al público en general y le remitimos al director los documentos mostrados en rueda de prensa.
Por todo lo expuesto, se concluye:
1. La parcela cedida por el Ayuntamiento en el sector 6 para la construcción del Colegio Amanecer y aceptada por la Conselleria fue informada desfavorablemente por el técnico de infraestructuras educativas.
2. Las deficiencias no era posible subsanarlas y se optó por ofrecer una nueva parcela, con el visto bueno de la Conselleria de Educación, esta parcela es la del enclave 13.
3. La parcela del enclave 13 cumplía todos los requisitos a excepción de su calificación que debería ser exclusivamente educativa y no de equipamiento múltiple. Esta exigencia se estuvo discutiendo por parte de los técnicos de Urbanismo con los técnicos de Conselleria por entender que la norma era aplicable en los nuevos desarrollos y no en los ámbitos consolidados como es el caso del enclave 13. Finalmente la Conselleria exigió la modificación del PGOU para cambiar la calificación de equipamiento múltiple a equipamiento docente. Dicha exigencia ha costado dos años teniendo su trámite prioridad absoluta con respecto a todos los demás.
4. En la reunión mantenida el 17 de mayo de 2019 y con respecto a la condición que expuso el subdirector de Infraestructuras Educativas de la Conselleria de Educación de vincular la realización del proyecto de redacción con el proyecto de ejecución, requiere la aclaración de que esta vinculación es solo a efectos de la tramitación de la licencia que no afecta a la redacción de dicho proyecto, ya que los puntos de conexión de agua, luz, alcantarillado, etc, están definidos e informados favorablemente por las empresas suministradoras en la modificación 105 del PGOU.
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