Francisco Moreno ha recordado que compete al Pleno del Ayuntamiento de Torrevieja, y sólo a él, la aprobación inicial del Plan Especial de Protección de la Costa, y la solicitud de declaración del paraje de Lo Ferris en alguna de las figuras de protección reconocidas en la legislación autonómica
El portavoz adjunto del Grupo Municipal Popular en el Ayuntamiento de Torrevieja, Francisco Moreno, dado que en el Pleno Ordinario del pasado 31 de mayo fue debatida la proposición por parte de un grupo de la oposición -y que finalmente fue retirada por esta agrupación política-, relativa a la Declaración del Paraje de Lo Ferris como Paraje Natural Municipal, ha propuesto una enmienda a la totalidad con texto alternativo para que se lleguen a los siguientes acuerdos. En primer lugar, que se elabore y proponga a la consideración de la Dirección General de Evaluación Ambiental y Territorial el documento consultivo de avance de Plan Especial de la Protección de la Costa-Enclave de Lo Ferris. Asimismo, que dicho documento contenga un análisis determinado de valores ambientales, tanto de flora como de fauna, y que se efectúe dentro del mismo el análisis de impactos al medio natural, así como medidas correctoras que le sean de aplicación. Una vez elaborado el documento de avance se dará cuenta del mismo a la Dirección General de Gestión del Medio Natural, con el fin de que sea iniciada la declaración del Paraje de Lo Ferris como Paraje Natural Municipal. Y por último, será dará traslado del presente acuerdo Plenario a la Dirección General de Evaluación Ambiental y Territorial, y a la Dirección General de Gestión del Medio Natural, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana.
Francisco Moreno ha destacado que el Equipo de Gobierno va a liderar la protección del Paraje de Lo Ferris, uno de los elementos de mayor valor medioambiental y de más alto interés paisajístico del frente marítimo de Torrevieja. Con una extensión aproximada de 56 hectáreas, supone un amplio espacio abierto y lindero con la orilla del mar, por lo que dicho contraste resalta todavía más si cabe su singularidad y su belleza paisajística. Ello hace que el paraje sea altamente apreciado por la población residente y visitante, y se ha erigido como seña de identidad e hito paisajístico en el sector sur del Término Municipal de Torrevieja.
A la mencionada calidad paisajística contribuye, de manera definitiva, la existencia de un palmeral de Palmera datilera (Phoenix dactilyfera) dispuesto en la tradicional estructura de huertos de secano, con las palmeras en los lindes de dichos huertos. Este palmeral, con ejemplares de gran porte, antiguamente estaba irrigado con el agua que procede de un pozo existente en el mismo paraje, y del que quedan elementos como la balsa de acumulación y la solera donde debió existir la noria o cenia.
Respecto a sus valores ambientales cabe destacar que los palmerales de Phoenix están catalogados como hábitats de interés prioritario, con el código 9370, en el Anexo I de la Directiva 92/43/CEE del Consejo de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación del los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres. Igualmente existe un pinar de Pino carrasco (Pinus halepensis) concentrado en el centro del enclave.
Y en cuanto al borde marino, presenta un pequeño sistema dunar en la zona de la ribera del mar, y su frente submarino está incluido en el lugar de Interés Comunitario de Cabo Roig, principalmente por la presencia de praderas de Posidonia oceánica, que es un hábitat de interés prioritario según la Directiva Hábitats.
La presencia humana en el enclave ha alterado en cierta medida el equilibrio del sistema, destacando la degradación del palmeral, con la pérdida de varios ejemplares, así como la compactación de la duna y la afección a algunos elementos de la vegetación dunar existente.
PRIORIDAD DEL EQUIPO DE GOBIERNO DE PROTEGER EL ENTORNO NATURAL
Para Francisco Moreno es prioridad para el Equipo de Gobierno el seguir protegiendo nuestro territorio impulsando las medidas que sean necesarias con tal de proteger nuestro entorno. Y fruto de nuestro compromiso, hoy en día nuestro Término Municipal se encuentra protegido en un 60% de su superficie total, con las herramientas normativas de protección, y de uso y gestión correspondientes, cara a que esta protección del territorio sea efectiva y con plena seguridad jurídica. Así pues, añade Moreno, abordamos la tarea de impulsar la protección definitiva del Paraje de Lo Ferris, y de acuerdo a ello, por parte de la Concejalía de Ordenación del Territorio se iniciaron los estudios previos para ver el camino a seguir.
En primer lugar, es el Plan General de Ordenación Urbana quien muestra una primera radiografía de la situación, determinando que en el enclave de Lo Ferris coexisten dos situaciones distintas del suelo, el suelo no urbanizable protegido y el suelo no urbanizable común, y establece que se ha de ordenar dicho espacio mediante un Plan Especial de Protección de la Costa. En efecto, según el art. 11.2 del PGOU, el objetivo de dicho plan especial ha de ser “preservar sus condiciones paisajísticas y ambientales mediante la ordenación turística y paisajística de la zona en base a sus condiciones ambientales”. Esto es, las condiciones ambientales han de ser el elemento determinante a la hora de ordenar Lo Ferris.
Asimismo, la Estrategia Territorial de la Comunidad Valenciana, normativa de carácter vinculante, no deja lugar a dudas en cuanto a las condiciones que han de cumplirse en el entorno al formar parte de un frente marítimo. La filosofía de preservar al máximo el uso público del frente litoral, ha de extenderse más allá de la plena garantía del uso y disfrute en el dominio público marítimo terrestre, y por ello, apuesta por herramientas adicionales como los parques litorales para que los espacios abiertos tengan una presencia importante en los primeros doscientos metros de afección.
En cuanto a la protección mediante el reconocimiento de algunas de las herramientas reconocidas en la legislación autonómica, es un objetivo a conseguir. Pero ya el mismo procedimiento para la concesión de estas figuras, como lo es una declaración de Paraje Natural Municipal, conlleva inexcusablemente la aprobación del Plan Especial correspondiente. A mayor abundamiento, cuando en el elemento que se pretende proteger convergen -como es el caso de Lo Ferris- propiedades de titularidad privada se precisa que dicho expediente contenga la autorización y consentimiento expresos por parte de los titulares privados afectados.
El encargo de la redacción del Plan Especial se inició por parte del Concejal de Urbanismo el 12 de julio de 2012, una vez analizada previamente la idoneidad del mismo, con el objetivo, en primer lugar, de dar cumplimiento a uno de los mandatos del Plan General de Ordenación Urbana; y, como fin último, establecer un documento con carácter normativo que dé soporte al cuidado y preservación del medio con el grado de protección medioambiental que la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente reconozca; ordene y regule los usos autorizables en el enclave, y determine los derechos y deberes de cada uno de los propietarios, de acuerdo al régimen legal que le sea de aplicación.
Por último, Francisco Moreno ha recordado que es al Pleno del Ayuntamiento de Torrevieja, y sólo a él, a quien compete la aprobación inicial del Plan Especial de Protección de la Costa, y la solicitud de declaración del paraje de Lo Ferris en alguna de las figuras de protección reconocidas en la legislación autonómica.
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