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El Consell acuerda la interposición del recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica de Amnistía

Solicita la recusación de los magistrados Cándido Conde-Pumpido, Juan Carlos Campo y Laura Díez “por su notoria y sonrojante vinculación con el partido socialista”.

Carlos Mazón, tras el Pleno del Consell

El president de la Generalitat, Carlos Mazón, ha señalado que “hoy cumplimos con la defensa de una España de ciudadanos libres e iguales”, al tiempo que ha incidido en que el gobierno valenciano no dará “ni un paso atrás” en la protección de la Comunitat Valenciana y de sus señas de identidad.

Pleno extraordinario

Así lo ha manifestado tras la celebración del pleno extraordinario del Consell en el que se ha acordado la presentación de un recurso de inconstitucionalidad contra los artículos 1 a 16 y disposiciones finales primera, segunda y tercera de la Ley la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña y que ha sido presentado con posterioridad ante el Tribunal Constitucional.
Carlos Mazón ha explicado que con la presentación de este recurso ante el Tribunal Constitucional el Consell cumple con el compromiso adquirido con todos los alicantinos, valencianos y castellonenses para responder “con firmeza, serenidad y con la ley en la mano” ante cualquier decisión que cuestione la igualdad de los valencianos y transforme España en un país de ciudadanos de primera y de segunda.

En este sentido, ha asegurado que no permitirá que la ruptura del principio de legalidad que valida la Ley de Amnistía “ponga en peligro la igualdad de trato que merecen los valencianos y las oportunidades que deben seguir teniendo”.
Así, ha mostrado el rechazo del Consell a “una norma escrita al dictado de los delincuentes, una aberración legislativa que rompe la garantía de seguridad jurídica y la protección de los derechos de todos los españoles” incluidos los más de cinco millones de valencianos. “Una ley antidemocrática que en última instancia premia la deslealtad, el egoísmo y la insolidaridad”, ha continuado el president.

Igualmente, ha solicitado la recusación de los magistrados Cándido Conde-Pumpido, Juan Carlos Campo y Laura Díez “por su notoria y sonrojante vinculación con el partido socialista”.

“Ni un paso atrás”

Durante su intervención, Carlos Mazón ha recordado que esta ley “hace suyo el relato soberanista de alcanzar la independencia de Cataluña” y “hacer realidad la ensoñación de los Païssos Catalans”.
Al respecto, ha subrayado la determinación del Consell para “no dar ni un paso atrás” en la defensa de la Comunitat Valenciana “ante los que desde allí alientan esa entelequia supremacista y a los que desde aquí, regaron el ideario del procés con cientos de miles de euros en subvenciones los últimos ocho años”.
El president ha hecho referencia al “movimiento plural de rechazo” a la Ley de Amnistía para defender que la igualdad “no es de izquierdas o de derechas”, sino “fundamento de unidad y consenso”.
En ese sentido, ha lamentado que “la España reconciliada según el presidente del Gobierno Pedro Sánchez” sea un país “donde prime la conveniencia frente a la convivencia del conjunto” y “donde el interés de uno vale más que la igualdad de todos”.
Frente a ello, ha abogado por un modelo de convivencia en libertad e igualdad, sensato, equilibrado con respeto por la ley y las instituciones “y sin privilegios en Sanidad, financiación, dependencia, infraestructuras o agua”.

Recurso de la Generalitat contra la Ley de Amnistía.

El pleno del Consell ha acordado autorizar a la Abogacía General de la Generalitat para que interponga en nombre y representación del Consell de la Generalitat un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Amnistía al considerar que infringe varios preceptos de la Constitución Española y del Estatut d’Autonomía, entre los que se encuentran el principio de legalidad, el derecho a la igualdad de todos los españoles ante la ley o la división de poderes.

El recurso de inconstitucionalidad se fundamenta en que se trata de una Ley que no tiene cabida en nuestro ordenamiento jurídico, ya que la figura de la amnistía no sólo no se recoge en la Constitución (a diferencia del indulto individual del artículo 62.i), sino que las enmiendas con las que se pretendió expresamente la inclusión de la amnistía en el texto constitucional fueron rechazadas.
Además, en el caso de la Comunitat Valenciana se puede afirmar que existe una especial y reforzada legitimación por el efecto que la Ley de amnistía produce en la impunidad de quienes participaron en el “proces”, y ello porque existe una demanda histórica, integrada en el ideario del independentismo catalán, y abanderada precisamente por quienes son amnistiados, que consiste en el reconocimiento de los llamados “Països Catalans”, territorio del que, afirman, forma parte la Comunitat Valenciana.

Respaldo

La presentación de este recurso cuenta con el respaldo del Consell Juridic Consultiu (CJC) que señala en su informe que hay argumentaciones suficientes para poder interponer el recurso de anticonstitucionalidad.

El Consell argumenta que la Ley de Amnistía infringe lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 9 de la Constitución Española, vulnerando las previsiones que conciben España como un Estado social y democrático de derecho, con unos valores superiores que inspiran su ordenamiento jurídico, como son la justicia y la igualdad; atenta contra la indisoluble unidad de la Nación española y contra el principio constitucional de autonomía; vulnera previsiones esenciales que establecen la sujeción de todos los ciudadanos y poderes públicos en la Constitución y al ordenamiento jurídico; queda lejos de promover la igualdad, y obvia los principios de legalidad, seguridad jurídica, responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad.

Otra de las infracciones del texto normativo

Es por el trato desigual que dispensa a quienes beneficia, y por la discriminación injustificada y arbitraria que introduce respecto al resto de los ciudadanos, infringe el derecho a la igualdad, consagrado en el artículo 14 Constitución Española, e infringe así mismo lo dispuesto en su artículo 139.1, puesto que propicia un trato discriminatorio, contrario a la igualdad de derechos y obligaciones de todos los españoles.
Del mismo modo, el gobierno valenciano considera que la Ley de amnistía contraviene lo dispuesto en los artículos 117.1 y 118 de la Constitución Española, y esto porque, sin el mantenimiento de ninguna previsión constitucional concreta, altera el sistema de separación de poderes que inspira nuestra Constitución y sobre el que se fundamenta el Estado de Derecho, se opone al normal ejercicio de la potestad jurisdiccional y propicia que sentencias y resoluciones judiciales tengan que ser consideradas nulas, quedando sin efectos y sin ejecutar, con el que graves hechos delictivos, o constitutivos de otro tipo de infracción, quedan sin sanción.


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