El Partido Popular había presentado una enmienda y una moción alternativa a la propuesta de rebaja del IBI para que el tipo impositivo quede fijado en el mínimo legal del 0,4%
El portavoz del Grupo Municipal Popular en el Ayuntamiento de Torrevieja, Eduardo Dolón, lamenta que pese a estar amparado por los art. 111 y 113 de ROM (Reglamento Orgánico Municipal) del Ayuntamiento de Torrevieja, se le impidió el debate de una enmienda y una moción alternativa a la propuesta de rebaja del IBI que se incorporó como punto urgente en el Orden del Día del pleno de ayer para que el tipo impositivo quede fijado en el mínimo legal del 0,4 %. Eduardo Dolón ha asegurado que esta presentación se ha producido “en coherencia con lo que venimos reclamando en los últimos años desde la presentación de la primera moción el 17 de agosto de 2015, con nº de registro de entrada 44.623/2015, cuya toma en consideración fue aprobada por unanimidad en el Pleno Ordinario correspondiente al mes de septiembre, celebrado el día 24 de septiembre de 2015”.
En este sentido ha indicado que en la mañana de hoy ha tenido lugar una sesión extraordinaria de la Comisión Especial de Cuentas y Hacienda cuyo único punto del orden del día era la aprobación inicial de la “Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, reducción del tipo impositivo”. Tras tener conocimiento de que este punto sería incorporado como urgente en el orden del día, el Grupo Municipal Popular ha informado que se estaba planteando la presentación de la citada enmienda. Igualmente, este extremo ha sido puesto en conocimiento de los técnicos municipales responsables del funcionamiento de la sesión plenaria. En este sentido, se les ha comunicado que hace un año se produjo la votación de un punto relativo a este mismo asunto en condiciones idénticas, es decir, sin que los técnicos municipales se hubieran pronunciado con carácter previo a la toma en consideración.
Del mismo modo, Eduardo Dolón ha recordado que el pasado 27 de octubre de 2016 se aprobó la reducción del IBI correspondiente al presente año 2016, quedando el tipo impositivo fijado en el 0,425 % con el voto unánime de la Corporación Municipal, eso sí, tras haberse votado previamente una enmienda presentada por el Partido Popular en la que se proponía una rebaja al 0,4 % y a la que Los Verdes, PSOE, C’s, Sueña Torrevieja, Izquierda Unida y APTCe votaron en contra”.
El portavoz del Partido Popular ha señalado que “nosotros hemos querido continuar con la propuesta que en todo momento hemos mantenido. Desde el equipo gobierno en ningún momento se ha tenido una intención real de bajar los impuestos por más que ahora se pongan medallas. En todo momento ha sido la insistencia y la reiteración en la presentación de mociones del Grupo Popular la que forzó al equipo de gobierno a tomar una decisión que ya en su momento consideramos descafeinada”.
Al respecto Eduardo Dolón ha añadido “el escenario hoy es si cabe mucho peor que hace un año. El Ayuntamiento sigue cobrando a los torrevejenses una cantidad de impuestos excesivamente elevada en comparación con los servicios que les presta. El último año ha seguido la tendencia implantada desde la llegada de José Manuel Dolón a la Alcaldía de recortes de servicios públicos, cierre de instalaciones municipales y eliminación de las ayudas que hacían de Torrevieja la envidia del resto de municipios”.
Por último, el portavoz del Grupo Municipal Popular ha afirmado que “es muy injusto pedir a los ciudadanos que cumplan con sus impuestos cuando quien los recauda, en este caso José Manuel Dolón y su equipo, no cumplen ni con su obligación ni con sus compromisos y tienen a Torrevieja completamente abandonada. Por eso desde el Partido Popular reclamamos que el tipo impositivo del IBI sea el más bajo que permite la legislación vigente”.
ROM AYUNTAMIENTO DE TORREVIEJA
Artículo 111.-
1. Los Concejales tendrán derecho a presentar enmiendas y adiciones a los dictámenes, siempre que lo hagan por escrito y antes de comenzar la discusión.
2. Se entenderá por enmienda la rectificación sobre el fondo o la forma del dictamen, proponiendo la supresión de determinadas palabras, la sustitución por otras y, en general, cualquier alteración del texto que se pretenda, aunque afecte a su totalidad.
3. La adición supone un aumento o ampliación del dictamen emitido, que respeta en su integridad.
Artículo 113.-
1. Cualquier Concejal podrá asimismo presentar por escrito, mociones al Pleno antes del comienzo de la sesión. Esta via solo es posible en las sesiones ordinarias.
2. Se considerará como moción la proposición que no habiendo sido incluida en el Orden del Día, eleve el Concejal al Ayuntamiento Pleno por razones de urgencia debidamente justificada.
3. Si la Corporación admitiera su urgencia por el voto de la mayoría legal, se discutirá en la forma prevista para las proposiciones en el artículo anterior. En otro caso, se incluirá en el Orden del Día de la próxima sesión ordinaria a celebrar.
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