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El PP pide que los feriantes estén en el puerto permanentemente

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Feria de atracciones en el relleno del Puerto (Archivo O.T.)

El portavoz del Grupo Municipal Popular compareció ayer en rueda de prensa en para anunciar la presentación de una moción relativa a adopción de medidas para la permanencia de la feria de atracciones de Torrevieja durante todo el año. En primer lugar, el portavoz del Partido Popular en el Ayuntamiento de Torrevieja ha señalado que “en las últimas semanas se han venido sucediendo diferentes informaciones acerca de la limitación temporal a la que el Consell de la Generalitat Valenciana y el Equipo de Gobierno Pentapartito quieren someter a los feriantes que, hasta ahora, desempeñaban su actividad con carácter permanente en el recinto habilitado para ello en la dársena portuaria. Desde el Partido Popular queremos manifestar nuestra preocupación ante la hipotética reducción de plazos para cada una de estas singulares actividades que, sin menor duda, ya forman parte de la imagen cotidiana de la ciudad”.
En este sentido ha añadido que “no sólo forman parte de la imagen de la ciudad, sino que, además, contribuyen de manera eficaz a que alrededor de nuestra fachada portuaria se generen focos de atracción para gran número de visitantes, tanto de residentes en nuestra ciudad, como de visitantes de otras situadas en el entorno cercano a nuestro municipio. Este hecho repercute positivamente en el resto de actividades comerciales y hosteleras, que actúan como complemento a este foco de ocio familiar que se desarrolla en nuestro recinto portuario. Por tanto, cualquier alteración tendente a disminuir esta oferta lúdica puede perjudicar a la actividad económica y al mantenimiento de estos puestos trabajo”.
Asimismo, Eduardo Dolón ha destacado que “con relativo asombro ante la desvergüenza de quienes lo han venido manifestando, hemos visto la manera en la que se ha acusado malintencionada e infundadamente al Partido Popular de ser el responsable de esta situación. Según la nota de prensa difundida por el Departamento de Prensa que dice llamarse del Ayuntamiento de Torrevieja -pero que en realidad lo es en exclusiva del Pentapartito- la nueva normativa aprobada por el Partido Popular impide a los feriantes permanecer en la misma ubicación durante más de 6 meses, cuando dicha normativa no la aprueba ningún gobierno del Partido Popular, ya que fue aprobada por el Consell de la Generalitat Valenciana en septiembre de 2015 con la firma de Ximo Puig que hasta donde sabemos no ha solicitado su afiliación al Partido Popular”.
El portavoz popular ha recordado que “bajo los gobiernos del Partido Popular en la Generalitat Valenciana y en el Ayuntamiento de Torrevieja nunca se ha sometido a los feriantes a la imposibilidad de establecerse durante todo el año en un mismo espacio, como se desprende de las noticias y comunicaciones que ahora les están haciendo desde el tripartito de la Generalitat y el Pentapartito del Ayuntamiento”.
Por último, Eduardo Dolón ha indicado que “a la vista de la normativa vigente desde el Grupo Municipal Popular entendemos que las instalaciones de la feria pueden permanecer por plazo mayor que el de 4+2 meses, siempre que cumplan con todos los requisitos que estipula la Ley 10/2014 en sus artículos 9 y 10 (proyecto, seguro, certificados, OCA, etc…), así como siempre y cuando presenten con carácter periódico que a dichos efectos se establezca un certificado acreditativo del cumplimiento de la normativa vigente”
La solicitud de adopción de acuerdos al resto de formaciones políticas, realizada de manera pública para que en la próxima Junta de Portavoces sea asumida por unanimidad de la Corporación Municipal proponiendo que, tras alcanzar un acuerdo conjunto, los únicos protagonistas sean los feriantes, ha sido la siguiente:
PRIMERO: El desarrollo de cuantos trámites administrativos sea preciso para el desarrollo completo del el Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, promoviendo la adaptación de estas actividades al marco reglamentario descrito en el artículo 100.2 de dicha norma, propiciando de esta manera la posibilidad de la PERMANENCIA DE LA FERIA DE ATRACCIONES DE TORREVIEJA DURANTE TODO EL AÑO.
SEGUNDO: Informar con carácter oficial y público a los feriantes de las posibilidades a las que se pueden acoger recogidas en la normativa vigente.
TERCERO: Llevar a cabo las mejoras solicitadas por parte de los feriantes en el actual recinto ubicado en la dársena portuaria.
CUARTO: Ofrecer a los feriantes asesoramiento adecuado y ajustado a la legalidad vigente.
ANEXO
Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos:
Artículo 96 – Tiempo de emplazamiento. “las instalaciones previstas en este título podrán estar emplazadas hasta cuatro meses consecutivos en cómputo anual en el mismo lugar, área o superficie acotada. No obstante, el ayuntamiento, mediante resolución motivada, podrá ampliar como máximo dicho plazo en dos meses más, previa certificación por parte de técnico competente del cumplimiento de las condiciones de seguridad y solidez de las referidas instalaciones”.
Artículo 100.2 – Referente a instalaciones portátiles o desmontables para la realización de espectáculos o actividades con carácter permanente “asimismo, las instalaciones portátiles o desmontables que, constituyendo un establecimiento público a los efectos de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, se ubiquen con carácter de permanencia sin sujeción a plazo temporal o por tiempo superior al previsto en el artículo 96, se regirán en cuanto al procedimiento de su apertura por lo previsto en los artículos 9 y 10 de aquella, con los condicionamientos técnicos que se deriven de la estructura de la instalación a efectos de acreditar su seguridad y solidez”.
La Ley 14/2010, de 3 de diciembre define como establecimiento público a “locales en los que se realizan los espectáculos públicos y actividades recreativas, sin perjuicio de que tales puedan ser desarrollados en instalaciones portátiles, desmontables o en la vía pública”.


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