El sobreseimiento decretado por el Juzgado en el caso de la planta de transferencia no cambia en nada el hecho de que el PP mantuviera al margen de la legalidad dicha planta abierta durante más de 7 años. Presentaremos recurso de reforma y subsidiario de apelación contra el sobreseimiento por considerar que perjudica los intereses generales del municipio.
Nota de Prensa del PSOE – Torrevieja, 21.11.2016
El sobreseimiento libre llega después de más de 4 años de instrucción y después de que el mismo Juzgado de instrucción nº 2 de Torrevieja dictara el 21-10-2012 Auto de incoación de procedimiento abreviado (cerrando la instrucción y pendiente exclusivamente de las peticiones de las acusaciones para llevar a cabo la apertura de juicio oral).
Aun más, dicho Auto de incoación de procedimiento abreviado fue recurrido en reforma y en apelación por el entonces imputado Sr. Moreno y, tanto el propio Juzgado de instrucción como la Audiencia provincial de Elche, desestimaron ambos recursos.
En concreto la Audiencia provincial en su Auto de fecha 25 de septiembre de 2014 declaró: “Y debe entenderse que las razones que se aducen en el recurso se refieren a cuestiones puramente administrativas, como un sobreseimiento de expediente sancionador de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, otro informe en el mismo sentido del Director General de Evaluación Ambiental y Territorial de la Consellería de infraestructuras, y por último resolución de un archivo al respecto del Excmo. Ayuntamiento de Torrevieja. Y aunque esto es cierto no obsta a que el problema planteado no puede resolverse en este recurso, porque bastan meros indicios para tener que acudir a una prueba plenaria, y porque en vía administrativa se adopten determinados acuerdos no vincula a una vía penal más amplia en su concepción del problema. Criterio de acuerdo igualmente con el informe del Ministerio Fiscal. Por ello, por la existencia de meros indicios en Auto recurrido procede desestimar el recurso interpuesto, sin entrar a valorar el fondo del asunto”
Sorprendentemente dos años después, el criterio del Auto de sobreseimiento es totalmente contradictorio con los argumentos empleados por el propio Juzgado, ratificados por el Ministerio Fiscal y la Audiencia provincial, al desestimar los recursos interpuestos.
“No existe ninguna justificación racional, lógica o técnica para que un concejal de Urbanismo dicte dos resoluciones concediendo licencia de obras y de actividad para una planta de transferencia de basuras con informes contrarios de tres técnicos municipales, basándose exclusivamente en el informe encargado ad hoc por la propia empresa solicitante que, casualmente es la misma cuya falsaria adjudicación del contrato llevó a prisión al ex alcalde Hernández Mateo”, afirmó la concejala socialista Fanny Serrano.
Pero es que además el propio Sr. Moreno confirmó la “ilegalidad” de la planta firmando el 29-2-2012 Decreto de cierre de la planta
“Es evidente que el Sr. Moreno depuró su responsabilidad política por este asunto no presentándose en las elecciones municipales de 2015, pero lo que no pueden pretender hacernos creer es que su actuación en este asunto, sea finalmente o no calificada como delictiva por el órgano judicial, esté libre de cualquier tipo de sospecha.”
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