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La Asociación “Hijos de la Inmaculada”, presenta convocatoria a elección de nueva presidencia

inmaculadaEl paso martes, día 28 de febrero de 2017, se celebró Asamblea Extraordinaria de Socios de la Asociación Hijos de la Inmaculada en la que se aprobó el reglamento y procedimiento de las próximas elecciones a President@ de la Asociación Hijos de la Inmaculada. Adjunto remitimos dicho comunicado.
La Asociación Hijos de la Inmaculada comunica a todos sus Socios que el CALENDARIO ELECTORAL con motivo de la ELECCIÓN DE PRESIDENTE/A DE LA ASOCIACIÓN HIJOS DE LA INMACULADA DE TORREVIEJA, que fue aprobado el pasado día 28 de febrero de 2017 por la Asamblea Extraordinaria de Socios es el siguiente:

01.- 07/03/2017: Finaliza plazo para impugnación del censo electoral.

02.- 09/03/2017: Finaliza plazo para que la Comisión de Garantías Electorales resuelva impugnaciones y proclame como definitivo el censo electoral.

03.- 15/03/2017: Finaliza el plazo para presentar candidaturas.

04.- 16/03/2017: La Comisión de Garantías Electorales proclama las candidaturas.

05.- 19/03/2017: Finaliza plazo para impugnar la proclamación de candidatos.

06.- 22/03/2017: La Comisión de Garantías Electorales resuelve las impugnaciones y proclama definitivamente las candidaturas.

07.- 29/03/2017: Celebración de elecciones a Presidente/a de la Asociación, de 18:00 a 19:00 horas en los salones parroquiales de la Iglesia de la Inmaculada Concepción.

08.- 29/03/2017: Proclamación de Presidente/a electo.

09.- 31/03/2017: Finaliza plazo para impugnar proclamación de Presidente electo.

10.- 03/04/2017: La Comisión de Garantías Electorales resuelve las impugnaciones y proclama definitivamente al Presidente/a electo y remitirá al obispado el Acta de los resultados para la proclamación definitiva de Presidente/a.

El CENSO ELECTORAL se encuentra expuesto para su consulta en la Parroquia de la Inmaculada Concepción de Torrevieja.

MODO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS:
• Las candidaturas se presentarán ante la Comisión de Garantías Electorales y se formalizará mediante escrito firmado por el candidato en el que se hará constar los siguientes datos:

La composición de cada candidatura contendrá el nombre y apellidos del candidato a Presidente/a, con su D.N.I./N.I.F., dirección, teléfono, dirección de correo electrónico, si lo tuviese, expresión de su deseo de presentarse como candidato y declaración de reunir los requisitos exigidos para ello. Facultativamente podrá designar un interventor de la candidatura y suplente del mismo. Además, contendrá los nombres, apellidos y D.N.I./N.I.F. de las personas que ocuparán los cargos de Vicepresidente/a, Secretario/a y Tesorero/a.

• Serán entregadas en sobre cerrado en mano o enviadas por correo ordinario a la Parroquia de la Inmaculada Concepción de Torrevieja sita en la Plaza de la Constitución s/n.
REQUISITOS PARA OPTAR AL CARGO DE PRESIDENTE:

Según la Normativa diocesana (cf.art.23), para ser miembros de la junta directiva se requiere, además de las cualidades y condiciones generales de hermano y de las que señalen los Estatutos, las siguientes:

1. Estar incluido en el censo electoral.
2. Estar al corriente de pago de la cuota anual de socio.
3. No haber sido objeto de sanción que le inhabilite para ejercer su derecho al voto o para poder ostentar cargo directivo.
4. No ostentar cargo similar en otra Asociación Religiosa.
5. Encontrarse en plena comunión eclesial, y distinguirse por su vida cristiana personal, familiar y social, así como por su vocación apostólica.
6. Residir en un lugar desde el que le sea posible cumplir con la misión encomendada.
7. Tener dieciocho años cumplidos.
8. Seguir los programas de formación cristiana organizados por el Obispado.

Además:
• Quien ostente algún cargo de dirección en cualquier partido o asociación política, no podrá presentarse a la elección de Presidente.
• Quien se encuentre en situación de: matrimonio a prueba, uniones libres de hecho, católicos unidos por mero matrimonio civil y católicos divorciados que se han vuelto a unir civilmente con otra persona; no pueden ser elegidos ni Presidentes ni Vicepresidentes.
• Quien públicamente rechace la fe católica o se aparte de la comunión eclesiástica, o se encuentre incurso en una excomunión impuesta o declarada (cf. CIC c. 316 S1), no puede ser miembro de la asociación y, por tanto, no puede ejercer ningún cargo en la misma.

REQUISITOS PARA EJERCER EL DERECHO A VOTO:

1. Ser socio, mayor de edad y estar al corriente en el pago de las cuotas establecidas por la asociación.
2. Presentar D.N.I. en el momento de la votación.
3. El voto será libre, directo y secreto (cf. Art. 50), considerándose papeletas válidas aquellas en las que se identifique sin confusión al candidato por el que se vota.


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