Los Ayuntamientos tienen la potestad de ampliar el horario de cierre en época estival que va del 15 de junio al 16 de septiembre.
Desde el pasado 1 de enero a las 00,00 horas, está en vigor el Decreto de horarios de establecimientos públicos para el 2018, que ha sido publicado en el DOGV (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana). El mismo no varía respecto al año anterior, quedando de la siguiente manera:
Grupo I: Salones de fiesta y Discotecas 17,00 a 07,30 h.
Grupo J: Restaurante, Bares y Cafeterías, de 06:00 a 01,30 h.
Grupo L: Salones de Banquetes 10.00 a 03,30 h.
Grupo O: Salón-lounge: 12,00 a 02,30 h.
Todo esto con media hora para el desalojo y cierre total
Los Ayuntamientos tienen la potestad de ampliar el horario de cierre en época estival que va del 15 de junio al 16 de septiembre. Según el Artículo 3. Siguen igual que el año pasado los establecimientos de la franja marítimo terrestre que vio reducido su horario y este año sigue igual se amplía, solo desde el periodo comprendido del 1 de junio al 14 de octubre, donde podrán cerrar a las 03,00 h. El resto del año como los demás del grupo J a las 01,30 h.
Como en años anteriores el 31 de diciembre el horario de cierre se amplía en 90 minutos para todo el catálogo y en 60 minutos los días:
5 de enero – víspera de reyes
8 de octubre- víspera del 9 de octubre
31 de octubre– víspera de Halloween
24 de diciembre– víspera de Navidad
Adjunto Decreto de la Ley de horarios que entra en vigor el día 31 a partir de las 00:01 minutos.
https://www.dropbox.com/…/Horarios%20Establecimientos%20Pub…
Descubre más desde Objetivo Torrevieja
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.
Filed under: Actualidad |
Deja un comentario