La Generalitat y el Ayuntamiento, acuerdan la adhesión de la administración torrevejense al acuerdo marco que facilitará los mecanismos de intercambio
El alcalde de Torrevieja, José Manuel Dolón, ha mantenido hoy una reunión con el secretario autonómico de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, Ferran Puchades, para “incorporar a la Administración local torrevejense al sistema de movilidad entre las administraciones públicas por razón de violencia de género”. En la reunión de trabajo ha estado presente la concejala de Bienestar Social, Fabiana Ibarra, el Jefe de Recursos Humanos y los representantes de la Junta de Personal y del Comité de Empresa del Ayuntamiento.
Posteriormente, en rueda de prensa el alcalde ha expresado la “importancia de garantizar la normalidad en sus puestos de trabajo a las personas que sufren violencia de género y que puedan trasladarse de forma provisional hasta que se solvente al situación y puedan reincorporarse a su residencia habitual y a su puesto de trabajo”. Mientras que Puchades ha explicado que “las empleadas públicas que son víctimas de violencia de género precisan de actuaciones conjuntas y coordinadas entre las diferentes administraciones públicas de la Comunitat Valenciana para lograr un cambio de puesto de trabajo a otra localidad”.
Para ello, la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas firmará próximamente un acuerdo marco con la Federación Valenciana de Municipios y Provincias (FVMP) al que podrán adherirse todos los ayuntamientos valencianos y, en este sentido, remarcó que “consideramos imprescindible que los ocho municipios de más de 70.000 habitantes (Valencia, Alicante, Elche, Castellón de la Plana, Torrevieja, Orihuela, Torrent y Gandia así como las tres diputaciones se adhieran cuanto antes a este convenio de colaboración”.
El objetivo, ha indicado Puchades, es “garantizar el derecho al traslado a un puesto de trabajo similar en otra administración a todas las empleadas públicas víctimas de violencia de género que se vean obligadas a abandonar su puesto de trabajo en la localidad donde prestaban sus servicios para hacer efectiva su protección o el derecho a la asistencia social integral”.
Herramienta de colaboración
Por el principio de cooperación entre las administraciones públicas y con respeto al marco legal vigente y al principio de autonomía y capacidad de autoorganización, el convenio tiene por finalidad “la eliminación de las barreras o dificultades que esta movilidad interadministrativa entraña al precisar de un adecuado instrumento de colaboración que resulte compatible con la planificación estratégica de los recursos y con la correcta distribución de personal”.
Se trata, en definitiva, de dar efectividad al sistema de movilidad por razones vinculadas a las medidas de protección contra la violencia de género cuando resulten afectadas las empleadas públicas que precisan de traslados a otras localidades distintas de su administración de origen.
El convenio establecerá el marco general de cooperación para impulsar la aplicación del principio de movilidad de las empleadas públicas entre la Generalitat y las administraciones locales de la Comunitat Valenciana, por razón de violencia de género, dando efectividad al derecho contemplado en el artículo 82 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) y los artículos 109 y 113.3 de la Ley de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana (LOGFPV).
El acuerdo establece las reglas de cooperación entre las partes firmantes al objeto de aplicar recíprocamente el principio de movilidad de las empleadas públicas entre todas las administraciones adheridas al mismo, tanto la Administración de la Generalitat como las administraciones locales, dando así efectividad al derecho contemplado en el artículo 82 del TREBEP y los artículos 109 y 113.3 de LOGFPV.
Para facilitar la movilidad por razón de violencia de género a las empleadas que se vean obligadas a abandonar su puesto de trabajo en la administración de origen para dar efectividad a las medidas de protección o al derecho a la asistencia social integral, las administraciones públicas se comprometen a:
– Comunicar a las empleadas víctimas de violencia de género que lo soliciten los puestos vacantes existentes en su plantilla de personal en la localidad o localidades que la interesada expresamente indique, sin necesidad de que se trate de vacantes de necesaria cobertura.
– Facilitarles la ocupación efectiva en otro puesto de trabajo de similares características al suyo, ubicado en localidad distinta del que venían prestando sus servicios.
– Tramitar con carácter preferente estos procedimientos al objeto de que la resolución de traslado se dicte con la mayor celeridad posible.
– No convocar los puestos de trabajo así ocupados mientras permanezcan las circunstancias que han dado lugar al traslado.
-Comunicar a la Comisión de Seguimiento y a las direcciones generales competentes en materia de función pública y de administración local las solicitudes de traslado tramitadas con otras Administraciones firmantes, el resultado de las mismas y su finalización cuando se produzca.
– Proteger la intimidad de las víctimas, en especial sus datos personales, los de sus ascendientes, descendientes y los de cualquier persona que esté bajo su guardia y custodia. La administración no publicitará en ningún caso el destino de las víctimas de violencia de género con la finalidad de hacer efectiva su protección.
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