La fundación mayores sin barreras solicita al ayuntamiento de Torrevieja, que se someta a pleno, la creación del “Defensor del Mayor” una figura de carácter institucional e independiente, de carácter unipersonal y con amplias facultades para la defensa de los derechos del mayor.
El pasado jueves 23, la fundación, presento ante el registro general de este ayuntamiento una solicitud para que se eleve a pleno municipal la creación del denominado Defensor del Mayor. La fundación ha tomado esta decisión, después de analizar los datos obtenidos de su denominada “Iniciativa Senior”, donde se pedía la opinión de las personas mayores de la localidad, sobre aquello que consideraban más necesario para ellos en su entorno, iniciativa que se ha venido realizando a lo largo de los últimos cinco meses.
Todo esto sumado a las variadas y reiteradas quejas, peticiones de ayuda e información, recibidas por esta entidad de personas pertenecientes a este colectivo, así como por la realidad social de este amplio y numeroso grupo de personas que suman cerca del 30% de la población total censada en la ciudad, requiere de unos instrumentos propios y específicos que aseguren sus derechos.
Por todo ello y dada la necesidad de una tutela efectiva de estos derechos, así como la existencia ya en otros lugares de esta figura especifica, que vela por dichos derechos e intereses, la Fundación Mayores Sin Barreras en el cumplimiento de sus fines y en aras del bien común, ha decidido iniciar los pasos que propicien la creación del Defensor del Mayor.
¿Y en qué consiste?
El/la Defensor/a del Mayor tendrá como misión la prestación de un servicio de asesoramiento, información, atención y ayuda a los ciudadanos mayores de 60 años de la Ciudad de Torrevieja, en sus relaciones con la Administración Municipal y el resto de los organismos y entidades dependientes de la misma, en las actuaciones de carácter administrativo, así como la de supervisar y llevar la auditoría externa de las condiciones de calidad de vida en el término municipal de la ciudad.
Entre sus competencias, cabría destacar lo siguiente:
El/la Defensor/a del Mayor ejercerá sus funciones con total independencia y no estará sujeto a mandato imperativo alguno. No recibirá instrucciones de ninguna autoridad, y desempeñará sus funciones con plena autonomía y según su criterio, investigando y resolviendo los expedientes iniciados de oficio y las quejas formuladas a petición de parte.
Y entre sus funciones le corresponderían, entre otras las siguientes:
? Recibir y canalizar las sugerencias de las personas mayores o de otras personas o instituciones referidas a este colectivo, con especial atención a aquellas situaciones de denuncias por malos tratos físicos y/o psicológicos, así como otras quejas, recabando la pertinente información de los órganos administrativos competentes.
? Velar por los derechos de los abuelos mayores, sobre todo en aquellos casos en los que se han producido cambios en la estructura familiar que les afecta muy directamente en su relación con sus nietos.
? Recibir y canalizar las demandas derivadas de la desprotección de las personas mayores, con respecto a la obligatoriedad que tienen sus hijos con ellos, producidas en muchos casos por conflictos no resueltos de convivencia y desestructuración familiar, encontrándose en situaciones de desamparo y riesgo social.
? Analizar la actuación de las administraciones públicas y de la iniciativa privada que preste servicios a las personas mayores, poniendo en conocimiento de las autoridades competentes las irregularidades o disfunciones detectadas, procurando para ello la integración de la figura del Defensor del Mayor en los órganos o en las reuniones de las citadas administraciones o entidades privadas.
? El/la Defensor/a del Mayor acudirá a cuantas jornadas, seminarios, congresos, de toda índole que se celebren y sea aconsejable su presencia para que formule propuestas y recomendaciones adecuadas a la defensa de los derechos de la personas mayores, potenciando el Ayuntamiento su presencia en dichos actos.
En cualquier caso, estas son algunas de las premisas propias de este Órgano o Figura Institucional, no obstante, la fundación espera que los representantes de todas las formaciones con representación municipal apoyen esta iniciativa, que abriría la puerta al consiguiente debate y a unos estatutos o reglamento definitivo
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