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Multas de 750,00 a 1499,99 euros a los bañistas que infrinjan la prohibición de baño en las playas

El alcalde ha indicado que se trata de cumplir la ordenanza para evitar situaciones que ponen en peligro la vida de las personas

Bandera roja en la Playa de La Mata

El alcalde de Torrevieja, José Manuel Dolón, ha informado hoy en rueda de prensa de que ha instado a la Policía Local a que denuncien a los usuarios de playas que infrinjan la prohibición de baño cuando esté izada la bandera roja en las playas del término municipal. El primer edil ha dicho que ha tramitado la orden “por la seguridad de los bañistas y de quienes vigilan las playas. No se trata de una orden nueva, es sólo un recordatorio a la Policía Local”.
La Policía Local cuenta con distintos efectivos destinados en las playas y una parte de su cometido es sancionar estas actuaciones “que ponen en peligro tanto la vida de los bañistas como la de los propios vigilantes”. En ese sentido, el alcalde ha cursado la orden en la que insta a denunciar a los usuarios de playas que infrinjan la prohibición de baño asociada a la bandera roja izada en playas de Torrevieja, por constituir una falta grave tipificada en el artículo 61.3.b) de la Ordenanza de Uso, Seguridad y Conservación de las Playas y Litoral Municipales de Torrevieja y, en particular, y con el mayor celo, a aquellas personas que con bandera roja izada provoquen la actuación de los socorristas del servicio público de vigilancia y salvamento en acciones específicas de salvamento y/o rescate y, en consecuencia, siempre que la Policía Local de Torrevieja tenga conocimiento de que se va a llevar a cabo, está teniendo lugar o se ha realizado con éxito, una actuación de salvamento o rescate de bañistas que hayan infringido la prohibición de practicar el baño con la bandera roja izada.
La Policía se personará en el lugar para prestar todo el apoyo que pueda dar, y una vez finalizada la acción de rescate/salvamento y asegurada la integridad de los bañistas rescatados, los identificará y denunciará por la comisión de la citada falta grave, tipificada en el artículo 61.3.b) de la Ordenanza, cuya sanción puede variar entre 750,00 euros hasta 1.499,99 euros
Así mismo, ha dado instrucciones al Intendente Principal Jefe de la Policía Local al que le encarga hacer cumplir lo ordenado mediante las inspecciones, órdenes de servicio y otras medidas y actuaciones que estime oportunas.


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