El protocolo sanitario para establecimientos que dispongan de máquinas o cualquier otro dispositivo de juego, de la Conselleria de Sanidad
A efectos del presente protocolo se entienden máquinas de juego, todos aquellos dispositivoscomo máquinas tragaperras, máquinas de apuestas deportivas, máquinas de juego o similares. Además del cumplimiento de todas aquellas medidas de higiene general previstas en la Legislación vigente, se establecen las siguientes MEDIDAS para el uso de estas:
1. La disposición y el uso de las máquinas o de cualquier otro dispositivo de juego deberán garantizar el mantenimiento de la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros. Por ello es necesario que, en caso de existir diversas máquinas, estas se distribuyan a más de 1,5 metros de distancia entre ellas para garantizar en todo momento el distanciamiento interpersonal.
2. Entre una persona usuaria y otra se deberá proceder a la limpieza y desinfección de cualquier tipo de máquina o dispositivo a través del que se ofrezcan actividades de juego, así como de sillas, mesas o cualquier otra superficie de contacto.
3. Antes de utilizar la máquina o cualquier otro elemento de juego, será necesario el uso de geles hidroalcohólicos o desinfectantes por parte de la persona usuaria, que el bar o restaurante deberá poner a disposición en todo momento. Además, las personas trabajadoras que interactúen con dicha clientela deberán usar de forma recurrente durante el desarrollo, los geles hidroalcohólicos o desinfectantes.
4. El uso de la máquina se deberá realizar sentado en todo momento. No pudiendo existir en ningún caso personas de pie usando el dispositivo o esperando para su uso.
5. No se podrá hacer uso de las máquinas sin portar la mascarilla en todo momento.
Descubre más desde Objetivo Torrevieja
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.
Filed under: Actualidad |
Deja un comentario