Fuente EFE – Diario digital “El Mundo”
El presidente del Gobierno ha anunciado, haceen declaración institucional, la decisión del Rey Juan Carlos I de abdicar y transmitir la Jefatura del Estado en su hijo, el Príncipe Felipe, de conformidad con lo previsto en el artículo 57, 1º y 2º de la Constitución. La delicada situación que vive la monarquía española desde hace varios años sería el desencadenante de la decisión del Monarca.
Rajoy ha anunciado que Don Juan Carlos dará a conocer este mismo lunes los motivos de su abdicación y que le ha comunicado que está convencido de que es el mejor momento para que pueda producirse con toda normalidad el cambio en la Jefatura del Estado y la transmisión de la Corona al Príncipe de Asturias.
Según fuentes de toda solvencia, desde el viaje a Oriente Próximo el mes pasado, Don Juan Carlos, de 76 años, meditaba “seriamente” la posibilidad. El Príncipe estaba en Centroamérica este fin de semana cuando el monarca tomó la decisión. Desde Zarzuela se repite desde hace dos años que la abdicación sería anunciada “por sorpresa”, como si de la devaluación de la moneda se tratara.
La imputación de su yerno Iñaki Urdangarin y su hija, la Infanta Cristina, en el ‘caso Nóos’, el accidente en Botsuana que provocó unas disculpas históricas del Rey, sus operaciones en los últimos años y el protagonismo que ha ido adquiriendo el Príncipe han situado al monarca en una difícil posición que le ha llevado a tomar la decisión de abdicar.
Así es el proceso de abdicación
El escrito de abdicación debe ir refrendado por el presidente del Gobierno a los efectos formales de conocimiento.
El presidente del Congreso, que a estos efectos ejerce como presidente de las Cortes, convoca a las dos juntas de portavoces, reunión a la que asisten el presidente del Senado y el ministro encargado de las relaciones del Gobierno con las Cortes, para acordar el orden del día, que debe tener ese solo punto. En dicha reunión se explicita si algún grupo tiene dudas sobre la validez jurídica del escrito de abdicación.
Si no las hay, la reunión conjunta de las Cámaras sería muy corta. El presidente del Congreso, que encabeza la reunión, da lectura a un escrito muy breve, que se referirá exclusivamente a la aceptación de la referida validez jurídica. Nada de discutir su conveniencia, ni de convertir la sesión en un debate sobre la monarquía ni sobre su titular.
Si en las intervenciones no ha habido discrepancias, el presidente, de conformidad con los artículos 82.1 y 83 del Reglamento del Congreso, propone la aprobación por asentimiento.
Si hay discrepancia, habrá que votar. Como lo conveniente es que la votación sea secreta, basta con que lo pidan dos grupos parlamentarios o la quinta parte de los diputados y senadores presentes. Si nadie la pide, puede decidirlo el presidente.
El presidente del Congreso dará cuenta del resultado al rey y ordenará la publicación oficial.
La abdicación surtirá efecto el mismo día de dicha publicación oficial.
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