(Nota Presa PSOE , 19.10.2010)
Ante las noticias aparecidas días pasados en diversos medios de comunicación relativas a posibles irregularidades en documentos presentados en este Ayuntamiento, por Dña. Araceli Remedios Martínez Rubio, representante legal del Partido Socialista, ante la Junta Electoral en las pasadas elecciones, solicito se inicien averiguaciones tendentes a aclarar estos hechos. Adoptándose, en su caso, por el Consistorio Municipal las medidas que legalmente procedan.1º.- Que inicie las gestiones precisas, tendentes al esclarecimiento de la presunta existencia o no, de manipulación, alteración, o falsificación de los documentos presentados y registrados en este Ayuntamiento por Registro de Entrada de fecha 13 de julio del año 2010, números 46876 y 46976, cuya finalidad es comunicar la expulsión de tres concejales del Grupo Municipal Socialista. Dado que ambos escritos han sido presuntamente presentados por la misma persona, residente en la localidad de Albatera, le solicito que verifique la hora exacta de presentación de ambos escritos por Registro de Entrada y la hora exacta de presentación de ambos escritos por Registro de Entrada y la identificación física de la persona que los presentó, con el fin de descartar que Dña. Araceli Remedios Martínez Rubio haya sido presuntamente suplantada por una tercera persona.
2º.- Que se analice la veracidad de la rubrica de ambos escritos referenciados, la cual a simple vista denota una presunta alteración al no ser coincidente con las múltiples firmas que tenemos de esta señora en el Grupo Municipal Socialista.
3º.- Que se produzca la identificación completa de la persona que recibió el escrito por la Secretaria del Pleno, de fecha 13 de julio de 2010, con número de registro de Salida número 32264. Cabe recordar aquí que este escrito remitido por la Secretaria del Pleno es la respuesta al documento número 46876, que provoca que inmediatamente una señora residente en Albatera presente por registro el documento número 46976, rectificando y presentándolo sin la referencia al “previo requerimiento”.
4º.- Que si del análisis de la documentación referida existen motivos fundados para considerar estos escritos como viciados de veracidad, ruego se adopten por el Consistorio las medidas que el derecho prevé para este tipo de situaciones.
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