La bonificación de un 90% de la cuota tributaria se aplicaría a los locales afectos a la actividad en el ejercicio 2021
Visto la crisis sanitaria que sigue atravesando nuestro país el comercio y la hostelería van a seguir siendo dos de los sectores cuyos negocios más se van a ver afectados tanto por la bajada del consumo como por las medidas sanitarias sumado a que son sectores que dan dinamismo y diferenciación al tejido de la ciudad es de especial interés su mantenimiento teniendo en cuenta el empleo y riqueza que generan.
Es necesario pues seguir planteando medidas ante las consecuencias de la pandemia Covid-19 dirigidas a la reactivación de la economía local -especialmente en autónomos y microempresas- y por ello el grupo municipal socialista ha trasladado al pleno mediante propuesta de resolución la medida de reactivación económica en aplicación del artículo 74.3 del TRLHL de establecer una bonificación del 90% de la cuota íntegra del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a favor de aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titular de negocios de hostelería y comercio circunscritos a los epígrafes IAE siguientes, familia 64 comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes y familia 65 comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes, 671 restaurantes, y 673 cafés y bares, con o sin comida.
Esta bonificación se aplicará una vez en vigor a inmuebles afectos a dichos negocios durante el periodo del ejercicio 2021 donde la medida implica para quien la solicite una doble condicionalidad, el estar al corriente de las obligaciones tributarias y laborales, así como que los inmuebles para los que se solicite tengan asignado según Catastro, un uso y destino de “Comercial, Ocio y Hostelería”, no siendo de aplicación a otros usos distintos de los reseñados.
Desde el grupo socialista esperamos el respaldo del resto de grupos de la corporación para poder aprobar dicha iniciativa, pues ponerla en marcha implica la modificación de la ordenanza fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles local una vez se realicen los preceptivos informes de secretaría e intervención municipal.
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