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Di adiós al periquito y al hamster: esta es la nueva lista de mascotas prohibidas en España

La nueva ley animalista revoluciona el mundo de las mascotas en España. La norma aprobada ayer en el Congreso obliga a hacer un curso para tener perro y no se le puede dejar solo más de 24 horas o en la terraza. En caso de abandono, las multas oscilarían entre 500 y 10.000 euros

Adiós periquito, adiós

Aprobada ayer la Ley de Bienestar Animal, que deja fuera a los perros de caza. A la espera de su paso por el Senado y definitiva aprobación en las Cortes, más la consiguiente entrada en vigor, la conocida como Ley del Bienestar Animal, votada ayer mayoritariamente a favor en el Congreso, cambiará la vida de millones de españoles, especialmente de los que poseen los aproximadamente 29 millones de mascotas existentes en España.

Solo en el caso más común, el de aquellos que tienen perro en casa como animal de compañía, se les dará un plazo de dos años para cumplir con el trámite obligatorio de hacer un curso formativo, mientras que a quienes pretendan hacerlo a partir de ahora tendrán que comenzar por el mismo. Además, si no tienen perro aún, solo podrán adquirirlo en una tienda durante los próximos 12 meses, porque tal práctica será prohibida a partir de entonces, al igual que la venta de gatos y hurones en dichos locales. Sobre el curso en cuestión, se sabe que será gratuito y que cabe la posibilidad de hacerlo telemáticamente.

Eso sí, hay duras sanciones económicas previstas para quienes incumplan otras normas sobre los perros como mascotas, tales como las que recaerán en quienes pretendan tenerlos en terrazas y similares, y -ojo- queda prohibido igualmente dejarlos solos más de 24 horas. Respecto al conjunto de mascotas, será sancionable dicho abandono, como norma general, si se prolonga durante tres días. Un abandono podría costar entre 500 y 10.000 euros de multa, la cual aumentaría en función de las circunstancias en las que se cometiese este acto. De considerarse grave, este hecho podría ser sancionado con multas de entre 10.001 y 50.000 euros, mientras que si es muy grave, la sanción sería de 50.001 a 200.000 euros.

Curiosamente, los perros destinados a la caza (uno de los aspectos más polémicos y debatidos en el seno del Gobierno) han quedado fuera de tales condiciones por motivos políticos, dado que tal exención ha sido clave para el impulso de la normativa que nos ocupa dada la férrea oposición por parte de dicho colectivo a su inclusión en una ley a la que se le acusa de inspiración urbanita.

Se impone la vacunación obligatoria para todas las mascotas en el afán de protegerlas de enfermedades, así como que habrá sacrificio cero, porque se prohíbe acabar con la vida de animales de compañía sin que exista una causa debidamente justificada como son, lógicamente, los motivos sanitarios. Es importante destacar que quien quiera tener cachorros deberá inscribirse en el Registro de Criadores de Animales de Compañía. De no hacerlo, podría enfrentarse a una sanción económica de entre 500 y 1.000 euros.

Además, hay especies que no podrán ser ya utilizadas como mascotas (conejos, chinchillas,…). Entre las aves figuran cotorras, agapornis y, entre otros, los periquitos, tan comunes en los hogares canarios. Asimismo, se incluyen entre los prohibidos tortugas, cerdos vietnamitas, arañas, erizos y reptiles exóticos, tales como serpientes, lagartos, iguanas, camaleones, etc.
Los circos no podrán ofrecer espectáculos con animales vivos y los Zoológicos se reconvertirán en Núcleos de protección y estudio zoológico animal. Así mismo no podrán ser utilizados en desfiles, procesiones o cabalgatas.

¿Qué pasa si en casa ya tenemos una cotorra, un loro o un periquito, mascotas, por otra parte, nada infrecuentes en lugares como Canarias?

Lo que hay que hacer, según la nueva ley, es simplemente inscribirlos, dado que otra de las grandes novedades radica en la creación de un registro estatal de los animales de compañía, cuyo objetivo es velar por su seguridad.
Resta recordar que se aboga por la esterilización de mascotas para intentar reducir la cría descontrolada y futuros abandonos, de tal modo que la normativa establece tal obligatoriedad para las que habiten fuera del interior de las viviendas.

LAS PELEAS DE GALLOS Y LOS PERROS DE CAZA, EN EL PUNTO DE MIRA
Las peleas de gallos en Canarias quedan, en principio, al margen de esta revolución normativa en la protección de los derechos de los animales, dado que se consideran ilegales si se celebran entre animales de compañía, pero, dado que esta especie no es considerada como tal, queda exenta, aparentemente, de la prohibición. Ello no es óbice, como ocurre con los perros de caza, a que su maltrato deje de estar prohibido, como ya constaba en el ordenamiento jurídico estatal, si bien los aficionados isleños a las mismas defienden precisamente que sus cuidados son clave para su subsistencia. Esta ley, a la que le queda aún recorrido parlamentario, mantiene viva la polémica.

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