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Guía de actuación para mujeres que estén sufriendo violencia de género en situación de permanencia domiciliaria derivada del estado de alarma por COVID-19

El teléfono 016 sigue funcionando con normalidad las 24 horas, todos los días de la semana, al igual que la dirección 016-online@mscbs.es El servicio de apoyo psicológico atiende de manera inmediata a través de WhatsApp, en los teléfonos 682.916.136 y 682.508.507

La violencia de género no es un problema privado, es una violación de derechos humanos que incumbe a toda la sociedad, especialmente a los poderes públicos. Es por eso, en esta situación de estado de alarma, con las dificultades que añade el aislamiento en los hogares y el cierre de muchos servicios, que el Ministerio de Igualdad quiere informar, mediante esta Guía, a todas las mujeres que puedan estar viviendo estas situaciones de violencia, de las acciones de prevención y respuesta, frente a la violencia de género que siguen en marcha, especialmente si se trata de situaciones de emergencia.

Si vives con el agresor
Si vives con el agresor y necesitas ayuda, porque notas que la situación se complica debido al aislamiento o que, incluso, se incrementa la violencia, si te resulta imposible llamar por teléfono a los servicios disponibles y de ayuda habituales (arriba detallados), si tienes miedo por ti y los tuyos y sientes que estás/estáis en peligro, RECUERDA:
? Abandona el domicilio y pide ayuda, para que se dé aviso al cuerpo policial más próximo.
? Si no puedes, bajo el pretexto de salir a comprar, acude a la farmacia más próxima a tu domicilio y pide “MASCARILLA 19”: estarás pidiendo la mascarilla que te salvará la vida, ya que, en todas las farmacias, sabrán que tienen que llamar al 016 por ti (imagen adjunta).

? Bajo este contexto de emergencia, NO EXISTIRÁ SANCIÓN ALGUNA POR SALIR A LA CALLE, siempre que la salida del domicilio esté justificada, para dirigirse a cualquiera de los recursos policiales, judiciales o de otro tipo disponibles.
? Si no puedes salir a la calle, busca un lugar seguro en el que resguardarte e intenta pedir ayuda a las personas que se puedan encontrar en tu entorno, para que contacten ellas con los teléfonos de emergencia.
? Descárgate la APP ALERTCOPS: hoy, 7 de abril, se va a implementar la APP con un BOTÓN SOS, que podrás pulsar en caso de emergencia.
? Si no puedes volver a tu casa y no tienes otro lugar para estar con tus hijos/as, llama al teléfono 900.58.08.88 para que te faciliten una estancia segura en un CENTRO DE EMERGENCIA Y ACOGIDA, ya que son servicios esenciales, presentes en todas las CCAA, incluso en estado de alarma.

Si no vives con el agresor
Si no vives con el agresor, pero te molesta, presiona o amenaza por teléfono u otros medios:
? Asesórate jurídicamente y plantea todas tus dudas en el teléfono 016, en el correo 016-online@mscbs.es o entra en la web del Ministerio de Igualdad. Este servicio está disponible todos los días del año, de 8 a 22 horas.
? Si tienes una orden de protección en vigor y la está quebrantando, informa a tu abogado/a o al agente policial que esté llevando el seguimiento de tu caso. No olvides que el quebrantamiento de una orden dictada por una Autoridad Judicial, es un DELITO y, como tal, puedes denunciarlo ante las autoridades policiales y judiciales. La actividad de estas autoridades NO ESTÁ SUSPENDIDA para estos casos de violencia contra la mujer.
? Si eres usuaria del servicio ATENPRO, estate tranquila, el servicio sigue operando con normalidad durante todo este periodo.
? Si no eres usuaria y quieres solicitarlo durante el estado de alarma, puedes hacerlo; las altas para el servicio ATENPRO se siguen tramitando con normalidad a través de los cauces habituales.
? Al ser declarados servicios esenciales, todas las CCAA y los servicios municipales especializados mantienen servicios de guardia para la asistencia a víctimas de violencia de género (recursos especializados o asociaciones, servicio psicológico, jurídico, trabajadoras sociales, prestaciones económicas…).
? La prestación económica que estás percibiendo como víctima de violencia de género NO SE SUSPENDE DURANTE EL ESTADO DE ALARMA, únicamente cesará si se produce el agotamiento del derecho, por haber percibido toda su duración.

A tener en cuenta:
Esta guía NO es una ley. Si se dicta alguna norma que contradiga esta guía, hay que cumplirla, y se actualizará este texto. Y, por supuesto, si se recibe alguna notificación o requerimiento judicial individualizado que contradiga estos consejos generales, son de cumplimiento prioritario. En cualquier caso, todos estos consejos generales no sustituyen las recomendaciones de las autoridades, ni de tu abogado/a, ni a una resolución judicial.
Para más información pueden contactar con la unidad especialista en delitos relacionados y/o cometidos sobre mujeres y/o menores de edad, el Equipo de Mujer-Menor (EMUME) de la Comandancia de la Guardia Civil de Alicante, a través de los teléfonos 96.514.56.60 (ext. 446 ó 406) o el 680.416.220.


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