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La concejal de bienestar social entrega 368 ayudas municipales

La concejal de Bienestar Social, Igualdad y Tercera Edad del Ayuntamiento de Torrevieja, María Dolores Canales, hizo entrega en la ayer en el Salón de Plenos del Ayuntamiento, de 318 ayudas municipales de 300 euros cada una, destinadas a jubilados y pensionistas empadronados en la ciudad, lo que ha supuesto la entrega de un total de 95.400 euros. Asimismo, la concejal de Bienestar Social se ha desplazado también a la Residencia Pública de la Tercera Edad de Torrevieja para hacer entrega de 50 ayudas más (15.000 euros) a personas mayores que, por problemas de movilidad, no pueden desplazarse al Salón de Plenos.María Dolores Canales recuerda que hasta el día 18 de diciembre de 2010, podrán solicitar, cumplimentar y  entregar en el Ayuntamiento de Torrevieja, las Casa de la Tercer Edad y la Oficina de Atención al Ciudadano, ubicada en la Concejalía de Participación Ciudadana (antiguo Ayuntamiento) esta ayuda municipal todos aquellos pensionistas que cumplan los requisitos exigidos, entre los que se encuentran: ser preceptor de una pensión por Jubilación, Viudedad, Orfandad, a favor de Familiares o Incapacidad Permanente. También podrán solicitar esta ayuda quienes sean mayores de 60 años, acreditar la separación matrimonial, y aunque no sea pensionista perciba una pensión de carácter compensatorio a cargo de su ex – cónyuge, careciendo por tanto de otros ingresos propios.Además, es requisito indispensable figurar en el Padrón Municipal de Habitantes un mínimo de 2 años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud. No percibir el solicitante ingresos económicos superiores a 1´5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples vigente en el año 2010, esto es, un importe de 11.182,71 euros anuales.También entre los requisitos exigidos se encuentran no disponer el solicitante de bienes. A estos efectos no se contabilizará la vivienda habitual y una plaza de garaje, siempre previa acreditación. Sólo se concederá a un solicitante dentro de cada unidad de convivencia. En caso de fallecimiento del solicitante con anterioridad a recibir la notificación de la resolución de la solicitud presentada, podrá percibir esta ayuda de pago único para el ejercicio 2010, el cónyuge o viudo/a, siempre que los ingresos de este último no superen el límite establecido.Por último, destacar que, como en años anteriores, la cantidad presupuestada para las ayudas de este Bando Municipal es abierta para poder cubrir a todas aquellas personas que cumplan los requisitos exigidos.

 


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