La Sindicatura de Cuentas advierte de un incumplimiento grave por ser el Ayuntamiento de mayor tamaño de la Comunidad Valenciana en no rendir la Cuenta General de 2019
La Sindicatura de Cuentas de la Comunidad Valenciana en su informe de 26 de enero de 2021, indica que el pasado 22 de enero y después de una prórroga de 99 días, ha terminado el plazo para que las Entidades Locales rindieran sus Cuentas de 2019 a la Sindicatura de Cuentas, sin que la hayan presentado 65 Ayuntamientos de los 542 existentes en la C.V., entre los que destacan por su tamaño TORREVIEJA, que es la 5ª ciudad de la C.V. con 83.337 habitantes, Gandía, Sagunto, Villajoyosa y Villena.
Señala la Sindicatura de Cuentas, “la falta de presentación de las Cuentas no es solo un INCUMPLIMIENTO MUY GRAVE de una OBLIGACION ESENCIAL de quien gestiona fondos públicos, sino QUE IMPIDE PERCIBIR CUALQUIER AYUDA DE LA GENERALITAT”.
Pablo Samper portavoz de Sueña, señala que “desde Sueña Torrevieja hemos reclamado las Cuentas en tres sesiones plenarias ordinarias de 24 de septiembre, 29 de octubre y 26 de noviembre de 2020, mediante preguntas al Alcalde al Alcalde”.
La contestación escrita del Concejal de Hacienda a las últimas preguntas de 26 de noviembre de 2020, con la mentira de turno, fue la siguiente: “No se ha producido ningún retraso, ya que en aplicación del art. 48 del RD 11/2020 de 31 de marzo, una vez concluido el estado de alarma a las 00h del pasado 21 de junio, el plazo legal para rendir la información a la que usted hace referencia queda ampliado en 99 días, por lo que debe rendirse antes del 22 de enero de 2021”.
El Real Decreto 11/2020, de 31 de marzo de 2020, en su artículo 48, amplió los plazos para formular y rendir las Cuentas de 2019, someterlas a probación de la Comisión especial de Cuentas del Ayuntamiento, así como remitirlas al Tribunal de Cuentas, en 99 días, que fue la duración del Estado de Alarma de 14 de marzo a 21 de junio de 2020, por tanto según Samper “las Cuentas tenían que haberlas rendido el Alcalde antes del 22 de agosto de 2020 (15 mayo + 99 días), y someterlas a la Comisión Especial de Cuentas antes del 8 de septiembre de 2020 (1 junio + 99 días), con independencia de la prórroga para remitirlas a la Sindicatura de Cuentas desde el día 30 de junio de 2020 hasta el 22 de enero de 2021”
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