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Entregadas nuevas ayudas municipales a jubilados y pensionistas de la localidad

Entrega en Ayuntamiento

Entrega en Residencia 3ª Edad

El alcalde de Torrevieja, Pedro Hernández Mateo, acompañado por la concejal de Bienestar Social, Igualdad y Tercera Edad del Ayuntamiento de Torrevieja, María Dolores Canales, hizo entrega en la mañana de ayer lunes, 24 de enero, en el Salón de Plenos del Ayuntamiento, de 200 nuevas ayudas municipales de 300 euros cada una de ellas, destinadas a personas jubiladas y pensionistas empadronadas en la ciudad, lo que ha supuesto la entrega de un total de 60.000 euros. El alcalde y la edil de Bienestar Social se han desplazado posteriormente a la Residencia Pública de la Tercera Edad para hacer entrega de otras 44 ayudas a personas residentes con problemas de movilidad. En total, 73.200 euros entregados a ciudadanos torrevejenses. Hernández Mateo ha señalado que estas ayudas municipales van destinadas a todos aquellos pensionistas que cumplan los requisitos exigidos en el Bando Municipal, entre los que se encuentran: ser preceptor de una pensión por Jubilación, Viudedad, Orfandad, a favor de Familiares o Incapacidad Permanente. También podrán solicitar esta ayuda quienes sean mayores de 60 años, acreditar la separación matrimonial, y aunque no sea pensionista perciba una pensión de carácter compensatorio a cargo de su ex-cónyuge, careciendo por tanto de otros ingresos propios. Además, es requisito indispensable figurar en el Padrón Municipal de Habitantes un mínimo de 2 años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud. No percibir el solicitante ingresos económicos superiores a 1´5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples vigente en el año 2010, esto es, un importe de 11.182,71 euros anuales. También entre los requisitos exigidos se encuentran no disponer el solicitante de bienes. A estos efectos no se contabilizará la vivienda habitual y una plaza de garaje, siempre previa acreditación. Sólo se concederá a un solicitante dentro de cada unidad de convivencia. En caso de fallecimiento del solicitante con anterioridad a recibir la notificación de la resolución de la solicitud presentada, podrá percibir esta ayuda de pago único para el ejercicio 2010, el cónyuge o viudo/a, siempre que los ingresos de este último no superen el límite establecido.


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