• Web Municipal

  • + Info Aquí

  • + Info aquí

  • CSB Consulting.es

  • +Info aqui

  • +Info aqui

  • + Info aqui

  • Brico Andrés

  • + info Aquí

  • Escuchame Aqui

  • +Info aqui

  • Web, pinchando aquí.

  • + Info aquí

  • Ver Facebook Aqui

  • Optica Mar

  • + info aqui

  • + info aqui

  • Busca por categorías

  • abril 2024
    L M X J V S D
    1234567
    891011121314
    15161718192021
    22232425262728
    2930  

La Guardia Civil interviene un arma de fuego con silenciador y siete ejemplares de fauna silvestre disecados

El arma y los siete especímenes, han sido incautados en dos inspecciones diferentes, llevadas a cabo por el SEPRONA de Elche

La Guardia Civil de Alicante, en dos actuaciones distintas llevadas a cabo en dos parajes naturales protegidos de la provincia, ha propuesto para las pertinentes sanciones, de un lado al propietario de un arma larga rayada, con silenciador y munición de 22 milímetros, que la portaba en el momento de la inspección; y de otro, al dueño de siete ejemplares disecados, de diferentes especies animales, que estaban expuestos en un refugio para cazadores.
Todos los efectos objeto de sanción han sido intervenidos, quedando a disposición de las autoridades competentes para resolver los expedientes sancionadores.

El uso del silenciador para armas de fuego, sólo está permitido para algunos funcionarios especialmente habilitados
El pasado día 12 de febrero, durante una inspección llevada a cabo en un coto de caza, situado en un paraje natural protegido de Crevillente, por el Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de Elche, con la colaboración de un guía canino de la Guardia Civil de Valencia, y tres agentes forestales de Crevillente, la Guardia Civil intervino en el interior de uno de los vehículos controlados, un arma de fuego larga rayada, para tiro deportivo, de calibre 22 milímetros, con un silenciador acoplable al cañón, y una caja de munición.

Las armas de fuego para tiro deportivo sólo pueden portarse y utilizarse en campos de tiro reglamentados. Por su parte, el uso de silenciadores acoplables a armas de fuego está prohibido, salvo para funcionarios especialmente habilitados, en concordancia con el Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993). Además, la Ley 13/2004 de caza de la Comunidad Valenciana, en su artículo 12, apartado 2, prohíbe expresamente para la caza, en el punto e, los rifles de calibre 22 milímetros, y en el punto f, los silenciadores.
El uso de silenciadores en zonas protegidas pone en grave riesgo a la fauna, principalmente por lo difícil que es detectar el sonido de los disparos, lo que favorece la impunidad de la caza furtiva.
La fuerza actuante procedió a la intervención del arma, el silenciador adaptable al cañón, y la munición, que han sido depositados en la Intervención de Armas de Elche, a disposición de la Administración competente para resolver el expediente sancionador.

La taxidermia debe ser realizada por talleres inscritos en el Registro
Por otro lado, el pasado 17 de enero, durante una inspección en otro coto, ésta vez en un paraje natural protegido de Santa Pola, el Seprona de Elche intervino en el interior de un refugio para cazadores, siete ejemplares de diferentes especies de fauna silvestre disecadas, esto es, naturalizadas mediante técnicas de taxidermia: tres perdices, una liebre, un zorro, una codorniz, y una gineta.
No todas las especies de animales pueden ser cazadas para ser disecadas, como ocurre con la gineta, que es un animal protegido, al tratarse de una especie cuya supervivencia se encuentra amenazada. En el caso de la gineta, sólo podría disecarse un ejemplar cuando su muerte se produjera de forma natural o accidental, y siempre con la previa autorización de la Consellería de Medio Ambiente.

Además, la taxidermia debe ser ejercida por personal autorizado. Y los ejemplares deben estar acompañados en todo momento de la documentación que acredite que han sido disecados en un taller inscrito en el Registro, y que tanto su procedencia como su tenencia, son legítimas.
Al ser requerido el propietario de los ejemplares, para que justificara la procedencia y tenencia legal de los especímenes, no pudo acreditar tal extremo, lo que constituye una infracción a la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y Biodiversidad.

Los agentes procedieron a la incautación de los siete ejemplares, que han sido puestos a disposición de la autoridad competente para su valoración y análisis definitivo, en el que se determinará su destino final.
El Servicio de Protección de la Naturaleza realiza de forma periódica este tipo de inspecciones al objeto de comprobar el correcto cumplimiento de las diferentes normativas reguladoras, con la finalidad de salvaguardar la flora y la fauna.


Descubre más desde Objetivo Torrevieja

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.

Deja un comentario